Resumen:
El Control de Convencionalidad, formulado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es un instituto de creación jurisprudencial en el caso “Almonacid Arellano” que permite la inaplicabilidad de normas y/o actos contrarios a la Convención Americana de Derechos Humanos. Dicho control tuvo un progreso sostenido en el tiempo y se ha ido afianzando en casos posteriores, tales como “Trabajadores Cesados del Perú”, alcanzando su cúspide en los casos “Gelman 1 y 2”. Esto ha supuesto la “convencionalización” de nuestra Constitución Nacional, debiendo los jueces nacionales no solo aplicar el filtro de constitucionalidad, sino también el de convencionalidad. Dentro del trabajo se podrá encontrar un análisis de los fallos más resonantes en la materia, para luego llegar a la conclusión de que el control de convencionalidad supone la convencionalización de nuestra Constitución Nacional y como el mencionado control es vital para que la Convención Americana de Derechos Humanos prevalezca por sobre nuestra Constitución Nacional.