Descripción:
"La figura del administradior de fideicomisos financieros no se encuentra prevista o regulada en la ley n. 24.441 (la ley de fideicomiso), pese a ser un sujeto de importancia en la estructuración de operaciones de securitización. La participación del administrador de fideicomisos financieros no puede atenuar la responsabilidad del fiducidario, frente a los beneficiarios por la culpa o dolo en el cumplimuiento de sus funciones, sin perjuicio de que el fiducidario mantiene una acción por dañosy perjuicios contra el administrador(que además de daños inmediatos y mediatos, resarza el daño a la imagen) por incumplimiento de las funciones delegadas"