Descripción:
"El warrant fianciero es un instituto de amplia difusión en mercados de capitales desarrollados. El art. 67 del decreto 677/01 lo incorpora a la legislación positiva argentina. La Comisión Nacional de Valores, en ejercicio de las facultades reglamentarias delegadas por el decreto citado deberár reglamentar los requisitos de emisión, clase de warrants a emitirse (call o put), modalidad (francesa o modalidad americana), sistema de registro y forma de su negociación secundaria"