Resumen:
Esta Ley tiene por propósito la normalización de la actividad
del Agente de Viajes, llenando así un sentido vacío existente en la legislación turística
nacional.
La actividad del Agente de Viajes, mundialmente reconocida como uno de los medios
indispensables y más efectivos para la realización del turismo, fenómeno socioeconómico que se ha convertido en una de las industrias más competitivas del mundo,
no podía seguir siendo ejercida sin una adecuada legislación.
Al Agente de Viajes, operador fundamental de esa actividad, se le confían trámites y
gestiones que representan normalmente importantes intereses económicos y espirituales
que hacen al prestigio del país, ya que una deficiente prestación de servicios puede
afectar la imagen misma de la República, ante la opinión pública internacional.